martes, 29 de abril de 2014

LAS TRES PUERTAS DE LOS CIE


Día 60: las tres puertas de salida de los CIE

Las puertas de los Centros de Internamiento de Extranjeros se abren de tres formas muy distintas: la libertad, la deportación y, la más oscura, por la que cruzó Samba Martine
"A veces llega un amigo que lo han llevado al aeropuerto y viene con la cara hinchada. Y piensas: ¿el día que me toque a mí también voy a quedar así o me suben y me voy tranquilo?"

Las puertas de los Centros de Internamiento de Extranjeros se abren de tres formas muy distintas. Tanto, que podría decirse que, en realidad, tienen tres salidas diferentes. La primera y la más habitual, es la puerta hacia la libertad. Es la puerta de llegada o de regreso a España para los internos de los CIE. Para cruzarla, suele ser necesario que pasen sesenta días, el máximo tiempo de internamiento permitido por ley. Un periodo suficiente para, en mayor o menor medida, cambiar a quienes lo sufren.
La segunda es la puerta de la deportación, la puerta hacia el avión que lleva a quienes la traspasan a su país de origen, en el mejor de los casos. Un lugar del que muchos huyeron y al que nadie desea regresar en las condiciones en que lo hace desde el CIE. A pesar de que el único sentido legal de estos centros es que todos sus internos salgan por esta puerta, son menos de la mitad los que finalmente lo hacen.
La tercera puerta es la más extraña y la más oscura. Fue la puerta que cruzaron Samba Martine, Idrissa Diallo o, hace pocos meses, en Barcelona, Alik Manukyan. Es la puerta de los que nunca saldrán del CIE.

La primera puerta: una libertad condicionada

A pesar de que la única función legal de los CIE es la de ser en un paso previo a la deportación de inmigrantes en situación irregular, en la práctica, menos de la mitad de sus internos son finalmente expulsados del país. La mayoría, pasados los sesenta días que establece la ley como duración máxima del internamiento, son puestos en libertad, dado que la deportación ha sido irrealizable. En 2012, 11.300 personas pasaron por los ocho centros que funcionan actualmente en España, de los que solo 5.000 fueron finalmente expulsados.
Las causas que pueden hacer que un interno de los CIE sea puesto en libertad son diversas. La más común, según explica Lluc Sánchez, abogado y miembro de la ONG  SOS Racismo, tiene que ver con que “muchas veces, la policía solicita el internamiento a personas que no pueden ser expulsadas, en su mayoría porque no hay un acuerdo de repatriación” con su país de origen.
Este es el caso del África subsahariana, una de las regiones del mundo con las que España mantiene menos acuerdos de devolución. Antonio Díaz de Freijo, director de la  Asociación Karibu, Amigos del pueblo africano, coincide con Sánchez en que esta circunstancia es bien conocida por la Administración que, ya antes del internamiento, “sabe, como lo sabemos nosotros, o mejor, que la mayor parte de los inmigrantes africanos no pueden ser expulsados”. Algo que los miembros de Karibu explican a los internos a los que visitan en el CIE de Aluche, en Madrid: “Si viene un chaval de Costa de Marfil lleno de pánico porque lo van a expulsar, le decimos que esté tranquilo «que a ti no te va a expulsar absolutamente nadie»”.
Díaz de Freijo explica que, en África, Marruecos y Senegal son, prácticamente, los únicos países de origen a los que pueden ser retornados los internos de los CIE - a los que otras fuentes añaden Nigeria o Mauritania-, pero esta circunstancia no se produce solo por la falta de acuerdos bilaterales. Tras realizar un internamiento, Lluc Sánchez cuenta que “si hay dudas sobre el origen nacional de un extranjero, se contacta con los consulados para que hagan una entrevista con los internos y verifiquen cuál es el país de origen”. En este punto, la expulsión puede entrar en otro callejón sin salida, pues Díaz de Freijo recuerda que, en muchos casos, “ese país al que podrían pertenecer dice: «ni son de nuestro país ni los queremos»”, desentendiéndose por completo de la situación.
Por último, otra cuestión que podría impedir la expulsión sería un recurso contra el auto de internamiento que el juez considere adecuado. Recursos que pueden apelar al arraigo del interno, a que haya sido víctima de la trata de personas o a su menoría de edad.
Sissoko, inmigrante maliense que pasó sesenta días en el CIE de Madrid en 2011, no llegó a ser expulsado. “Lo más difícil son los primeros quince días, según me contaron cuando estaba recién llegado. A partir de ese momento, cuando pasan treinta días, aún hay opciones de que te deporten, pero a los cuarenta o cincuenta días, ya puedes estar un poco confiado de que no te van a deportar, aunque no totalmente. Pero bueno, empiezas a pensar que te van a soltar”, relata. La noticia de que iba a ser puesto en libertad le llegó a Sissoko el día que cumplía su periodo máximo de internamiento en el CIE de Aluche: “Llevaba toda la noche con dolor de tripa y pedí ir al médico. Me llamaron por megafonía y pensaba que era por eso. Fui a la consulta y el médico me preguntó que qué hacía allí, porque no me había llamado todavía. Volví a bajar y preguntaron que quién era Sissoko. Dije que era yo y me dijeron que cogiera mis cosas y me fuera. Yo, encantado, subí corriendo, cogí mis cosas y salí. […] Tenía prisa por llegar a mi casa, ducharme, comer bien y relajarme. Para mí era como un sueño. Como nunca había estado en un sitio tan malo como ese, salí con cansancio. Salí como si me hubieran quitado un millón de pesos de encima”.
Sissoko había sido internado en el centro de la ciudad en la que vivía, pero eso no es siempre así, una circunstancia sobre la que pone su atención Antonio Díaz de Freijo: “Hay otro problema que es muy importante y muy injusto: los detenidos en provincias españolas diferentes a Madrid. Los traen aquí, con un gasto impresionante (con uno o dos coches de Policía) pero, a la hora de ponerlos libres, si es a las ocho de la tarde, mejor que a las ocho de la mañana. Se lo dije al director y me contestó: «desde el momento en que yo recibo el acta del juez, si lo retengo y le pasa cualquier cosa, me meten a mí en la cárcel». Se cumple esa barbaridad de poner a las ocho o a las nueve de la tarde a una persona en la calle sin tener adónde ir. Y el pobre chaval, lo que quiere es volver a entrar en el CIE”.
Quienes han pasado por los centros quedan en una situación legal compleja. Haber sido puestos en libertad no implica que su orden de expulsión quede anulada. Esto impide que puedan volver a ser internados, dado que ya han superado el periodo máximo de estancia en el CIE, pero también se convierte en una barrera frente a una posible regularización: “Te dicen «márchate y vuelve dentro de cinco años» [periodo de vigencia de la orden de expulsión]. Quedas manchado y puedes salir de eso jurídicamente, buscando un abogado y pagando una multa, pero cancelar la orden de expulsión cuesta 500 euros. ¿De dónde sacan los 500 euros? Entramos en una dinámica de persona perseguida”, explica el director de Karibu.
Vista del CIE de Madrid desde la Avenida de los Poblados/ Foto: Mayhem Revista
Vista del CIE de Madrid desde la Avenida de los Poblados/ Foto: Mayhem Revista

La segunda puerta: las deportaciones

Quienes conocen el funcionamiento de los CIE y de los procesos de expulsión de extranjeros hablan de dos tipos de deportaciones: las que se producen mediante aviones fletados exclusivamente para ese cometido y las que se realizan a través de vuelos comerciales regulares. Ser expulsado a través de uno u otro método depende del país al que se vaya a realizar la devolución o del número de internos en los CIE que puedan ser repatriados a cada destino.
Según puso de manifiesto una carta abierta de los internos del CIE de Madrid,  recogida por eldiario.es, el primer método de expulsión, también conocido como macrovuelos o macrodeportaciones - operados por Air Europa y SwiftAir, tras ganar la concesión pública por valor de 11,8 millones de euros al año [PDF]- cuenta con el agravante de que los deportados son avisados de su expulsión en el último momento o que, incluso, no reciben notificación alguna. Ello, según denuncian los firmantes, impide a los internos despedirse de sus familias o hacerse con sus pertenencias. Esta circunstancia contravendría la resolución del juzgado de control de Madrid, según la cual los internos que vayan a ser expulsados deben saberlo con un mínimo de doce horas de antelación. Para SOS Racismo, este método es cada vez más habitual.
En lo que coinciden ambos métodos de deportación es en los malos tratos de la policía hacia los internos durante su proceso, según buena parte de los entrevistados. Mientras que José María Benito, portavoz del SUP, habla de que los inmigrantes se resisten a la expulsión montando “una pequeña bronca en el avión, no hace falta que sea grave”, para que el piloto no permita el despegue y se evite así la repatriación, Sissoko relata una situación similar y, a la vez, muy distinta.
“[Si te expulsan en una macrodeportación] no puedes hacer nada pero, si vas en avión de pasajeros y te quejas mucho, puedes evitarlo. […] Hay gente que no lo sabe y, como van con nervios, se suben tranquilos y con miedo, para que no les peguen y no les rompan los huesos. Hay gente que vuelve con el cuerpo que ya no vale para nada y la mayoría tiene miedo de eso. Los que no tienen miedo, a los que les da igual morirse, se quejan y gritan, como mi amigo Yaya. […] Él les dijo: «Yo no voy vivo. Si ustedes me quieren mandar, me mandan muerto. Me matan, luego me suben al avión y me mandan a mi país. Vivo no voy». Entonces, lo bajan, lo llevan a un sitio que tienen ellos en el aeropuerto donde dan palizas, lo meten en una furgoneta y lo llevan otra vez a Aluche un par de días y después lo sacan. […] Lo llevaron cinco veces al aeropuerto y las cinco veces le dieron hostias. El chaval volvía con la cara hinchada. Flipa tío, te lo digo de corazón. A cualquier ser humano que viera a ese chaval se le pondrían los pelos de punta”, cuenta.
Una situación similar fue la de Conrado Semedo  -aparecida en los medios de comunicación en las últimas fechas-. Nacido en Bembibre (León) y habiendo pasado toda su vida en España, aunque sin la nacionalidad española, Semedo no pudo renovar su permiso de residencia por encontrarse en prisión por menudeo de droga. Tras cumplir su condena, le fue dictaminada la orden de expulsión a Cabo Verde –país de sus padres y del que él tiene la nacionalidad-, que lo esperaba a su salida de la cárcel. Semedo se enfrentó a dos intentos de expulsión y evitó ambos gracias a la intervención de los comandantes de los respectivos vuelos, antes de ser puesto definitivamente en libertad. Mientras que  en el primero, el piloto se negó a despegar tras escuchar el testimonio de una azafata que había presenciado la resistencia de Conrado y la actuación de la Policía para reducirlo y subirlo al avión, en la segunda fue la camisa de fuerza que portaba  la razón por la que el comandante no permitió su acceso a la nave.
Más allá de la deportación o no, este caso refleja las condiciones en las que pueden llegar a producirse las expulsiones, con los deportados esposados o incluso con camisas de fuerza para evitar cualquier tipo de resistencia. Aunque Antonio Díaz de Freijo recuerda otros casos en los que a los inmigrantes “ se les drogaba con Haloperidol para que no protestaran”.
Otra arista especialmente oscura tiene que ver con las deportaciones a terceros Estados, es decir la expulsión de personas “a países que no tienen ningún tipo de vínculo con ellas, […] por los que ni siquiera habían pasado”, como manifiesta María Serrano, portavoz de  Amnistía Internacional España. “Amnistía Internacional mantiene preocupaciones sobre los acuerdos que tiene España de repatriación y de readmisión con terceros Estados, porque en muchos casos no recogen garantías de Derechos Humanos y porque, aunque las recojan, como en el caso de Mauritania, al final son papel mojado, dado que no hay mecanismos de vigilancia y monitorización de las personas que son devueltas”, asegura Serrano.
Antonio Díaz de Freijo habla de estos acuerdos como de “trampas” que España utiliza para deportar a inmigrantes que por falta de tratados con sus países de origen o de reconocimiento de la nacionalidad, no podrían ser expulsados. “Lo que les preocupa es meterlos en el avión. ¿Adónde va el avión? Donde les han permitido aterrizar. Igual no todos son de allí, pero allí los dejan y se lavan las manos olímpicamente. Allí cada uno tiene que buscarse la vida de inmigrante, quedarse, o buscar dinero trabajando o dejándose explotar para volver a su país”, explica el director de Karibu.
Dos países sobresalen cuando se habla de acuerdos para el control migratorio con Europa, tanto en la devolución como a la hora de evitar la llegada: Marruecos y Libia. Díaz de Freijo afirma que “Marruecos actúa en la medida en que recibe beneficios. Si tú le pagas, colabora. […] Con la crisis, esto ha descendido mucho, lo que puede haber hecho que Marruecos haya aflojado. Y de ahí que ahora estemos viendo llegadas muy superiores a las de años anteriores”. Libia, por su parte, ejercía una labor similar durante la etapa de Gadafi, con acuerdos europeos que permitían la devolución a ese país de inmigrantes que no necesariamente tenían la nacionalidad libia, como cuenta Serrano “la Comisión Europea e Italia han dado considerables cantidades de dinero a Libia para que se ocupara de la detención y la gestión de la migración. Y esto cuando la UE conocía que la situación allí de las personas subsaharianas eran las que eran, con arrestos arbitrarios, con torturas en los centros de detención… La UE ha aplicado […] expulsiones que, en muchos casos, no respetan los derechos humanos y acuerdos que no recogen garantías -en Libia no existe un procedimiento de asilo, por lo tanto las personas eran devueltas al peligro de tortura y muerte-”.
Una tercera pata en la mesa sobre la que se asienta la política europea de control migratorio en África se situaría en Mauritania, donde la portavoz de Amnistía Internacional relata que, con dinero de Cooperación Española, se construyó durante la crisis de los cayucos de 2006 un centro de acogida que, en la práctica, servía para “la detención arbitraria de las personas migrantes e incluso solicitantes de asilo y refugiados. Y lo más preocupante era que las personas subsaharianas eran detenidas porque se presumía que querían llegar a Europa”, aunque no hubieran cometido ningún delito. Con un estatus que no recogía la legislación mauritana, la población local bautizó al centro como “Guantanamito”.

La tercera puerta: muertes en los CIE

La opacidad que rodea a los CIE hace muy difícil saber a ciencia cierta un dato tan básico como el número de muertes de internos producidas desde su puesta en funcionamiento. Las cifras bailan y se contradicen, dependiendo de la fuente a la que se acceda.
Samba Martine, congoleña enferma de VIH, falleció en el CIE de Madrid en 2011 por falta de un tratamiento médico adecuado. Tras un largo periplo judicial,  la Audiencia Provincial de Madrid decidió, el pasado mes de enero, reabrir la investigación penal sobre la responsabilidad que el servicio médico del centro podría tener en su muerte.
A este fallecimiento habría que sumar, al menos,  otras tres muertes producidas en el CIE de la Zona Franca de Barcelona. La primera en salir a la luz fue la de Mohamed Abagui en 2010, joven marroquí que, al parecer, también sufrió “una falta de atención médica”, según Karlos Castilla, abogado mexicano residente en Barcelona y colaborador de  SOS Racisme Catalunya. En enero de 2012 fue Idrissa Diallo, guineano, quien perdía la vida en unas circunstancias que no han terminado de aclararse aunque, según Castilla, podría tratarse de un suicidio.
El último caso se produjo el pasado tres de diciembre. El ciudadano armenio Aramayis Manukyan, ‘Alik’, se suicidaba ahorcándose en una celda de aislamiento del CIE de Barcelona. Ante esta situación, las organizaciones que trabajan en el centro – Tanquem els CIE, SOS Racismo y  Migra Studium- iniciaron una investigación y se personaron en el proceso judicial. Tras algunas dudas sobre la causa del fallecimiento, motivadas por testimonios que aseguraban que Alik había mantenido enfrentamientos con un agente de Policía poco antes de su muerte, Tanquem els CIE pudo acceder a la grabación del vídeo en el que se observa que, efectivamente, Manukyan se suicidó.
Esto, sin embargo, no ha impedido que la acción legal continúe pues, como explica Karlos Castilla, que forma parte del equipo jurídico que trabaja en el caso, “no es posible que ocurra el suicidio de una persona bajo custodia policial. Cuando una persona estaba en una zona conocida como celda de aislamiento -la cual tiene una videocámara que veía todos sus movimientos-, no es posible que la policía no se haya dado cuenta que esta persona llevó a cabo estos actos: quitarse los cordones, subirlos a estas rejillas, colocarlos y colgarse”. Por ello, para determinar “las acciones o las omisiones que generaron la muerte de Alik”, SOS Racismo se ha mostrado dispuesta, según palabras de Castilla,  a “agotar todas las instancias nacionales” e incluso a llevar el caso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos “para que se vea que estas graves omisiones no pueden estar ocurriendo en lugares donde hay personas bajo custodia policial”.
Las dudas en el número total de muertes en los centros  las plantea, entre otros puntos oscuros, el caso del ecuatoriano Jonathan Sizalima en 2009, del que no se ha averiguado si perdió la vida en el CIE de Barcelona o en la comisaria. Además, no existe información de fallecidos en los otros seis centros actualmente en funcionamiento.

El día 61: un reglamento que evita los cambios

Hoy, el principal debate en relación a los Centros de Internamiento de Extranjeros tiene que ver con la puesta en marcha del reglamento que, recientemente, anunció el Consejo de Ministros. Postergada su aprobación desde la época de gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, la nueva normativa apenas ha realizado cambios sustanciales en la situación que, de facto, ya existía en los centros.
Los CIE seguirán siendo administrados por la Policía y sus directores mantendrán una importante discrecionalidad para determinar el régimen interno de cada uno de ellos. Por otra parte, uno de los puntos que más ha llamado la atención del texto ha sido la posibilidad de que las ONG puedan prestar “servicios de asistencia social” dentro de los CIE si firman convenios o contratos con el gobierno. Sin embargo, esto apenas supone una novedad, pues no deja de ser la función que ya venía realizando una organización humanitaria como Cruz Roja. Y, aunque el texto prevé avances en cuestiones como las horas dedicadas al paseo diurno (de dos a cuatro) o la fiscalización que puedan realizar “organismos nacionales e internacionales de derechos humanos”, la realidad a la que se enfrenten los internos tendrá pocas diferencias con las que han vivido quienes han pasado por ellos hasta el día de hoy.
En cualquier caso, con reglamento o sin él, la ineficiencia de los CIE queda de manifiesto atendiendo a las estadísticas de personas que pasan por ellos cada año y las de quienes son finalmente expulsados. Unas cifras que llaman a la comparación con el coste económico que estos centros tienen para las arcas públicas. Sin apenas datos oficiales hasta la presentación del reglamento, la  Fundación Ciudadana Civio colaboró con Mayhem durante la realización de este reportaje para tratar de esclarecer la cuestión.  Informaciones de la Agencia EFE hablan de más de ocho millones de euros invertidos durante 2011 en los entonces nueve centros en funcionamiento, sin tener en cuenta el coste que conlleva el personal destinado en los CIE. A ello, habría que sumar más de un millón de euros dedicados a los servicios médicos. Todas ellas son cifras similares a las que aporta el Ministerio del Interior en la nueva normativa, según la cual el gasto anual será de 8,8 millones de euros -sin contar personal-, ampliables en otros 5,5 millones para inversiones y mejoras y a los que se podría sumar una ayuda en forma de “financiación comunitaria”.
Estos datos, sin embargo, no parecen casar con otras publicaciones oficiales, pues solo elcontrato firmado en noviembre de 2013 entre el Cuerpo Nacional de Policía y Albie S.A. por el servicio de alimentación, superaría de largo los 8,8 millones de euros destinados a la totalidad de actividades de los centros, más allá de nuevas inversiones y mejoras planificadas. Y todo ello sin contar los 32,8 millones utilizados al año en una cuestión paralela a los CIE, como son las expulsiones de inmigrantes en situación irregular -según datos de 2011-.
María Serrano, sin embargo, prefiere dejar de lado la cuestión económica al considerar que  sean estos centros “económicamente viables o inviables, en la medida que no estén acordes con los Derechos Humanos, da igual. Es cierto que, económicamente, si la opinión pública conociera más los datos, que realmente menos del 50% de las personas al final son expulsadas y los efectos tan perniciosos que tiene sobre los Derechos Humanos de las personas el mero hecho de estar internadas, esto también podría cambiar. Pero, obviamente, se lanza un mensaje político: es cierto que el internamiento no cumple la finalidad de expulsión en muchos casos, pero el Estado está lanzando el mensaje de que la migración no es bien recibida”.
Por su parte, representantes de otras ONG como Lluc Sánchez, Karlos Castilla o Antonio Díaz de Freijo se posicionan contra la mera existencia de los CIE y se muestran partidarios de su cierre definitivo. Una idea en la que coinciden con el representante del Sindicato Unificado de Policía, José María Benito. Pese a que los entrevistados plantean alternativas que van desde la libertad controlada durante el periodo previo a la expulsión, hasta la conversión de los CIE en centros de referencia sin que los internos estuvieran privados de libertad, Lluc Sánchez da un paso más allá y concluye que “la alternativa es clara. Es el respeto por los Derechos Humanos, respeto a que cualquier ciudadano del mundo pueda elegir su lugar de residencia. Pero eso no es una utopía, eso está en la Declaración de los Derechos Humanos. El derecho a migrar, a irte de un sitio donde lo estás pasando mal, es un derecho universal”.
Las consecuencias para quienes pasan en los CIE esos dos meses o para los que son expulsados a un país en el que, en muchos casos, no pueden vivir, se acercan, según relatan los entrevistados, al miedo. Miedo a la policía y a volver a verse encerrados. Miedo a vivir de nuevo esos sesenta días. “Cada vez que veo a la policía cogiendo a alguien, me pongo nervioso, porque no me puede entrar en la cabeza que a la gente, por no tener papeles, la manden a ese sitio. No sé sabe lo que puede pasar con la gente que cogen, a lo mejor les sueltan o a lo mejor no, y eso me pone nervioso. No me gusta, que quieres que te diga. Por otra parte, me hace pensar: oye tío, hay que seguir luchando, la vida es así. La vida es así”. Lo cuenta Sissoko que, tres años después, sigue viviendo en España, con las dificultades a las que se enfrenta una sociedad en crisis, pero acentuadas por pertenecer a un colectivo social especialmente desprotegido. Otros no tuvieron tanta suerte, otros no encontraron la puerta correcta para salir del CIE.
http://www.eldiario.es/desalambre/



DOCUMENTO DIRIGIDO A LA COMISION EUROPEA, suscrito por varias organizaciones sociales.

Queja a la Comisión Europea. Expulsiones colectivas y sumarias en Ceuta y Melilla, España



Publicada 24 de Abril de 2014 10:23
Fernandez
Fernádez Díaz, ministro de Interior
23 de abril de 2014

SUMMARY
This paper describes the serious human rights violations, most notably mass expulsions that the Spanish security forces are currently committing at the borders of Ceuta and Melilla. The authors call on the European Commission to launch a thorough investigation into the facts described in the paper and, if appropriate, open an infringement procedure against Spain. In any case, the Spanish government should be requested to ensure that all activities of the security forces do comply with their obligations under international human rights norms as well as under EU and national laws.

1. HECHOS
En las últimas semanas hemos podido ver en los medios de comunicación, el modo de actuar de la Guardia Civil a la hora de rechazar a las personas que llegan a territorio español accediendo por mar o saltando las vallas instaladas en las ciudades de Ceuta y Melilla.
En el rechazo del pasado 6 de febrero de 2014, en Ceuta, donde se empleo material antidisturbios, con el luctuoso resultado de 15 personas ahogadas, al menos otras 23 consiguieron acceder a territorio español llegando a la playa de El Tarajal y fueron expulsadas directamente a Marruecos, como dan cuenta los videos disponibles en el siguiente enlace:
https://www.dropbox.com/sh/9cvtk1u3ihfbj15/0yirSR3Hxv

Esta práctica ha vuelto a repetirse en Melilla, llegando incluso, el pasado 28 de marzo, a la penetración en territorio español de fuerzas de seguridad marroquíes que detuvieron a personas de origen subsahariano que se encontraban en dicho territorio trasladándolas a la “zona marroquí” de la valla. Todo ello se produjo ante la mirada, y al menos el consentimiento tácito, de efectivos de la Guardia Civil.
En el siguiente enlace se pueden visionar los citados documentos:
http://politica.elpais.com/politica/2014/03/31/actualidad/1396266629_039724.html

La argumentación para justificar las expulsiones sumarias de estos nacionales de terceros países a Marruecos es la aplicación de un concepto policial de frontera creado por el Ministerio del Interior. Dicho concepto policial de frontera considera que dichas personas no llegan a territorio español hasta que no cruzan las tres vallas y pisan el suelo, o bien, en el caso de las llegadas por mar, hasta que las mismas hayan rebasado a las fuerzas policiales que están en la playa.

El resultado son expulsiones:
(i) colectivas,
(ii) sin acceso a procedimiento administrativo alguno
(iii) sin garantizar acceso al procedimiento de protección internacional,
(iv) sin respetar el principio de no devolución,
(v) crecientemente violentas contra las personas.

2. PREOCUPACIONES
2.1 Concepto policial de frontera sin base jurídica
Según el Ministerio del Interior, el Presidente de Melilla y el Delegado del Gobierno en esa ciudad, para entrar en Melilla (España) hay que “saltar todos los obstáculos” fronterizos o, para quienes llegan por mar, rebasar a los efectivos policiales. Según dichas autoridades, los ciudadanos subsaharianos interceptados entre las vallas el día 28 de marzo “no habían superado el dispositivo anti intrusión” de la doble valla y, por tanto, no habían logrado llegar a España, por lo que “no hubo expulsiones ilegales” a Marruecos.

Ese concepto de territorio español carece de base jurídica. Tal y como afirmó el portavoz de Extranjería en el Consejo General de la Abogacia (CGAE) “La valla está construida sobre el territorio nacional, así que, si esa persona se encuentra sobre la valla, también lo está…. el que salta la valla ha entrado en España y el que se pone sobre ella, también” . O se está en España o se está en Marruecos, pero no existe la tierra de nadie. Una vez que se pasa la primera valla, ya se está en territorio español.

La Defensora del Pueblo también se pronunció sobre estos hechos en su comparecencia en el Pleno del Senado el pasado 9 de abril de 2014 lamentado las "imágenes desgarradoras de personas subidas a la valla" e insistiendo en que, "desde el momento en que una persona está en territorio español, y nosotros creemos que lo está, tiene que ser tratada conforme a la legalidad vigente". De esta forma rechazó las devoluciones sumarias recordando que "no existen en la Ley de Extranjería".

Además de todo ello, es importante señalar que en algunos casos ni siquiera pueden valerse del argumento de que no se encontraban en suelo español, puesto que habían sido aprehendidos después de haber descendido de la última valla.
Finalmente, es importante señalar que los agentes uniformados marroquíes entraron en territorio español para colaborar en el rechazo de quienes trataban de saltar la valla y llevarse a algunos de vuelta a Marruecos. Este hecho, tal y como señaló el portavoz de la Subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía Española supone una “cesión de soberanía”. “Una vez han cruzado esa valla, están en territorio español y bajo el paraguas del capítulo de derechos fundamentales de la Constitución” no se puede “detenerles sin un motivo” y no se puede permitir que unas fuerzas extranjeras vengan y se los lleven.

2.2 Expulsiones colectivas
Como hemos señalado, estas personas han sido objeto de una expulsión colectiva, sin que se les diese acceso al procedimiento establecido en la Ley, sin que se examinase de forma individualizada su situación y sin que pudiesen hacer valer sus argumentos en contra de la expulsión. Esto supone, en nuestra opinión, una violación del art. 4 del Protocolo 4 al Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) que prohíbe las expulsiones colectivas de personas extranjeras.
Además, en estos casos se ha expulsado a estas personas a Marruecos, país que tiene un historial de escaso respeto por los derechos humanos de las personas de origen subsahariano. Esto podría constituir una violación del artículo 3 del CEDH.
2.3. Falta de acceso a procedimiento administrativo
Las actuaciones descritas vulneran lo dispuesto por los art. 12 y 13 de la Directiva europea 2008/115/CE y el art. 13 del Código de Fronteras Schengen, que establecen como garantías procedimentales en todo procedimiento de retorno, la obligatoriedad de una resolución motivada para la denegación de entrada, en la que se indiquen los motivos exactos de la misma, así como el derecho a recurrir dicha resolución de forma informada y asesorada.
Además, las expulsiones colectivas y sumarias realizadas por España podrían ser constitutivas de una violación del artículo 6 del CEDH que contempla el derecho a un proceso equitativo.
2.4 Devoluciones que impiden el acceso a protección de posibles personas refugiadas
Las expulsiones colectivas y sin acceso procedimiento llevadas a cabo en Ceuta y Melilla impiden solicitar asilo a personas necesitadas de protección internacional, lo que vulnera la Convención de Ginebra de 1951 y el art. 18 e la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE. Además, el art. 6 de la Directiva 2013/32/UE obliga a los Estados Miembros a garantizar el acceso a protección no solo en el territorio sino también en las fronteras y aguas territoriales. Si la persona solicita protección internacional, puede permanecer en España hasta que se adopte una decisión sobre la solicitud. La decisión de repatriación solo puede dictarse o ejecutarse si previamente se ha denegado la solicitud. En los casos señalados las expulsiones colectivas en la valla han impedido la posibilidad de solicitar asilo a personas que podrían ser susceptibles de recibir protección internacional.
2.5 Violación del principio de no devolución
Las expulsiones colectivas y sin acceso al procedimiento llevadas a cabo en Ceuta y Melilla incumplen el principio de no devolución recogido en el art. 33 de la Convención de Ginebra de 1951, el art. 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, el art.18 de la Carta Europea de Derechos Fundamentales y la Directiva de retorno (Directiva 2008/115/CE), según el cual, ninguna persona puede ser devuelta a un país donde su vida, libertad o seguridad corran peligro.
Como ya hemos señalado anteriormente, Marruecos tiene un historial de escaso respeto por los derechos humanos. El informe de Human Rights Watch, “Abusados y expulsados” publicado en febrero 2014, documenta la represión y maltrato a personas procedentes del África subsahariana. También es importante señalar el hecho de que el Centro de Acogida de Caritas en Rabat cerró el pasado 24 de marzo por no poder hacer frente a las numerosas llegadas a situaciones médicas graves cuyo tratamiento supera su capacidad . La organización hizo mención a los continuos desplazamientos de inmigrantes por parte de las fuerzas de seguridad marroquíes en autobuses denunciando que muchos casos estas personas llegan heridas de gravedad.
2.6 Derechos Humanos y violencia creciente contra los ciudadanos extranjeros que intentan acceder a territorio español
En las fronteras de Ceuta y Melilla se están utilizando métodos que ponen en peligro la vida e integridad física de las personas que intentan acceder a territorio español saltando las vallas o accediendo por mar.
Como hemos visto en los sucesos de Ceuta del 6 de febrero de 2014 y recientemente en la valla de Melilla las autoridades españolas utilizan medios cada vez más violentos con el objetivo de impedir la entrada de estas personas. Los medios disuasorios estáticos (alambradas, cuchillas, mallas). La utilización de material antidisturbios por los Cuerpos de seguridad está causando graves daños físicos a los ciudadanos extranjeros y quizás, según algunos testimonios, incluso la muerte.
Igualmente se ha podido desatender el deber de socorro de algunas de estas personas que han resultado heridas en la valla al anteponerse su expulsión a su atención médica en España.
Lo referido anteriormente, en nuestra opinión, atenta contra los Derechos Humanos.
* * *
Las expulsiones que está realizando el Gobierno español en Ceuta y Melilla y que describe este documento son de suma gravedad; y son además prácticas que los cuerpos de seguridad vienen llevando a cabo desde 2005, tal y como ha reconocido el Ministro del Interior. Hasta ahora se negaba esta práctica. El reconocimiento ha sido fruto del trabajo constante de diversas organizaciones que han documentado, aportando incluso las pruebas gráficas, estas prácticas.
En vista de lo anterior,
SOLICITAMOS a la Comisión Europea que investigue los hechos mencionados, en su caso abra los procedimientos de infracción oportunos y exija al Gobierno de España el respeto de los derechos humanos y el cumplimiento de la legislación nacional e internacional vigente en las actuaciones que lleven a cabo los cuerpos de seguridad del Estado en las fronteras españolas.
SUSCRIBEN ESTE DOCUMENTO:
ANDALUCÍA ACOGE – ASOCIACIÓN APOYO – ASOCIACIÓN PRO DERECHOS HUMANOS DE ANDALUCÍA – COMISIÓN ESPAÑOLA DE AYUDA AL REFUGIADO (CEAR) – CONVIVIR SIN RACISMO (Murcia) – COORDINADORA DE BARRIOS – C.P. SAN CARLOS BORROMEO – FEDERACIÓN ESTATAL DE ASOCIACIONES DE SOS RACISMO – FORO GALEGO DE INMIGRACIÓN – KARIBU – MÉDICOS DEL MUNDO – MUGAK – RED ACOGE – SERVICIO JESUITA A MIGRANTES.

Enlace:  

Persona de contacto:

Mikel Mazkiaran
mmazkiaran@euskaltel.net

SEGÚN UN INFORME DEL MINISTERIO DEL INTERIOR:

La entrada de inmigrantes en Ceuta y Melilla aumentó casi un 50% en 2013

Por contra, la llegada a las costas españolas bajó un 15% durante el año pasado.
EFE, MADRID | ACTUALIZADO 29.04.2014 - 16:44
La llegada de inmigrantes de forma irregular a las costas españolas descendió en 2013 un 15 por ciento, si bien la presión migratoria en la fronteras de Ceuta y Melilla aumentó casi un 50 por ciento respecto a 2012. Según informa el Ministerio del Interior, por las costas españolas entraron el pasado año 3.237 inmigrantes frente a los 3.804 del año anterior, un 15 por ciento menos y un 90 por ciento de reducción respecto al año 2006, en la denominada crisis de los cayucos, cuando se registró el pico más alto con 39.180 personas. 
 
Pese a este descenso en la entrada con embarcaciones, la presión migratoria sigue focalizada en las dos ciudades autónomas, donde las fuerzas de seguridad detectaron la entrada de 4.235 inmigrantes irregulares, un 49 por ciento más que los 2.841 que lo hicieron en 2012. Interior destaca que a pesar de este aumento, respecto a 2005 cuando fue la crisis de la valla, la entrada por Ceuta y Melilla ha descendido un 24 por ciento, ya que aquel año llegaron a ambos territorios 5.566 inmigrantes. Si se suman las personas interceptadas tanto en las costas como en las dos ciudades autónomas -un total de 7.472-, la diferencia interanual sería de un 12,4 por ciento de aumento sobre los 6.645 de 2012. 
 
El pasado año alcanzaron las costas de la Península y Baleares 3.041 inmigrantes de forma irregular frente a los 3.631 que lo hicieron el ejercicio anterior, es decir, 590 personas menos, lo que representa una reducción del 16,3 por ciento. Frente a este descenso,Canarias cerró 2013 con un ligero aumento del 13,3 por ciento, con 196 inmigrantes respecto a los 173 que a bordo de embarcaciones llegaron al archipiélago un año antes. 
 
Con todo, para el departamento que dirige Jorge Fernández Díaz, esta leve subida no altera la tendencia decreciente en las islas. De hecho, la cifra se ha desplomado un 99,4 por ciento con respecto a 2006 cuando llegaron a Canarias 31.678. Además, Interior repatrió el pasado año a 23.889 inmigrantes irregulares frente a las 26.457 practicadas en 2012, lo que supone una disminución del 10 por ciento. Mientras, las denegaciones de entrada en puertos y aeropuertos aumentaron un 0,7 por ciento, de forma que se rechazaron 8.704 personas, 57 más que un año antes. 
 
Respecto a las readmisiones -personas que han cruzado la frontera con Francia o Portugal y que han sido interceptadas y devueltas al país del que salieron- han descendido un 15 por ciento al pasar de 1.409 readmisiones a 1.199. También se registraron 5.002 casos de inmigrantes interceptados que pretendían entrar en España por puestos no habilitados como frontera, un 21,2 por ciento menos. Por último, durante 2013 se produjeron 8.984 expulsiones de personas que no llevaban documentación, con un descenso del 11,3 por ciento. Del total de expulsiones, el 84 por ciento fueron cualificadas, es decir ordenadas judicialmente y que conllevan la prohibición de entrada en España y países del espacio Schengen.


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viernes, 4 de abril de 2014

SERVICIO JESUITA A MIGRANTES

Valla de Ceuta

http://www.periodistadigital.com/religion


Presenta en Comillas las propuestas sobre migración a los candidatos al Parlamento Europeo

El Servicio Jesuita a Migrantes demanda protección de los derechos humanos de los inmigrantes en la frontera

"La protección de los derechos humanos debe prevalecer sobre cualquier otro interés"

Comillas, 04 de abril de 2014 a las 11:11
(Comillas).- El Servicio Jesuita a Migrantes España (SJM España) presentará las propuestas que ofrece a los candidatos alParlamento Europeo para garantizar los derechos humanos en las políticas de inmigración e integración en la próxima legislatura de dicha cámara, a través del documento "Que no se ahogue la esperanza", en el que se plantea una cuestión fundamental: ¿Qué programa, qué estrategia debe sustituir el actual Programa de Estocolmo en la política de fronteras, inmigración y asilo?
El argumento de base que sustenta el documento es que la debida protección de los derechos humanos debe prevalecer sobre cualquier otro legítimo interés estatal o comunitario que se encuentre aparentemente enfrentado con ellos. El estricto respeto de los derechos humanos es el factor esencial para evitar consecuencias graves, como los luctuosos sucesos de Lampedusa y de Ceuta, la falta de garantías legales que sufren las personas recluidas en los centros de internamiento de extranjeros (CIE) o la injusta limitación de derechos a la atención sanitaria.
Además, el SJM España ofrece una serie de propuestas en los siguientes campos:

· Acceso de la inmigración a la UE
· Integración de la inmigración en la UE
· Gestión de la inmigración irregular: regularización, retorno voluntario, condiciones del retorno forzoso, alternativas a la detención, excepcionalidad del internamiento...
· Asilo: identificación y protección en frontera, reconocimiento europeo de la protección brindada por un Estado miembro, no-criminalización de la asistencia humanitaria a personas necesitadas de protección, política de reasentamiento, visados humanitarios...
· Control de cumplimiento de las normas sobre derechos humanos en las políticas de inmigración y asilo
Junto con las propuestas para la actividad legislativa, el SJM España invita a la opinión pública a la reflexión y el debate sobre: el control democrático de la gestión de la frontera sur de Europa, las alternativas al internamiento de personas extranjeras y el refuerzo de un sistema de salud inclusivo y no excluyente.
El documento se complementa con un cuaderno testimonial: Vidas en tránsito. Experiencias de migrantes que viven en Marruecos y Argelia, una publicación del Servicio Jesuita a Refugiados en Europa, elaborado a partir de los relatos de migrantes en tránsito por los dos países norteafricanos.
Tras la rueda de prensa, se celebrará, en el mismo lugar, la presentación oficial del documento del SMJ España, dentro del marco de actividades conmemorativas del vigésimo aniversario del Instituto Universitario de Estudios sobre Migraciones (IUEM), de la Universidad Pontificia Comillas ICAI-ICADE.

Acto: Rueda de prensa sobre el documento del Servicio Jesuita a Migrantes España ""Que no se ahogue la esperanza"
Fecha: 10 de abril
Hora: 10:00 horas
Lugar: Universidad Pontificia Comillas ICAI-ICADE, calle de Alberto Aguilera, 23 (Sala de Conferencias)
Intervienen: Cristina Gortázar, autora del documento y profesora de la universidad y del IUEM, y Miguel González, Coordinador del SJM-España